Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 291/2011
Autorízase la adecuación en el Registro de Entidades creado por el Decreto Nº 691/00.
Bs. As., 25/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0234913/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 691 de fecha 11 de agosto de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 691 de fecha 11 de agosto de 2000 se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.
Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 de fecha 15 de septiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.
Que la resolución mencionada en el considerando precedente también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/00.
Que la entidad BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO en virtud de haber incorporado nuevos servicios para ofrecer ha solicitado la ampliación del código que le fuera otorgado mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 56 del 4 de mayo de 2001, correspondiendo dar cumplimiento a dicha solicitud dentro del mismo código de descuento a efectos de posibilitar a la mencionada institución operar con los servicios habilitados.
Que se ha constatado que la entidad solicitante ha presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/00 y la Resolución Nº 353/00 de la SECRETARIA DE HACIENDA, razón por la cual corresponde autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES otorgando a la misma la ampliación del código de descuento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el Artículo 5º del Decreto Nº 691/00.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000 a la entidad que se indica en el Anexo I a la presente, otorgando a la misma la ampliación del código de descuento por los servicios incorporados según se detalla en el Anexo mencionado.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 291/2011
Autorízase la adecuación en el Registro de Entidades creado por el Decreto Nº 691/00.
Bs. As., 25/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0234913/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 691 de fecha 11 de agosto de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 691 de fecha 11 de agosto de 2000 se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.
Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 de fecha 15 de septiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.
Que la resolución mencionada en el considerando precedente también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/00.
Que la entidad BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO en virtud de haber incorporado nuevos servicios para ofrecer ha solicitado la ampliación del código que le fuera otorgado mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 56 del 4 de mayo de 2001, correspondiendo dar cumplimiento a dicha solicitud dentro del mismo código de descuento a efectos de posibilitar a la mencionada institución operar con los servicios habilitados.
Que se ha constatado que la entidad solicitante ha presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/00 y la Resolución Nº 353/00 de la SECRETARIA DE HACIENDA, razón por la cual corresponde autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES otorgando a la misma la ampliación del código de descuento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el Artículo 5º del Decreto Nº 691/00.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000 a la entidad que se indica en el Anexo I a la presente, otorgando a la misma la ampliación del código de descuento por los servicios incorporados según se detalla en el Anexo mencionado.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.
ANEXO I
DENOMINACION DE LA ENTIDAD | CODIGO DE DESCUENTO |
BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO | 90432 |
90435 |