JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 28/2021
RESOL-2021-28-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-86899654- -APN-SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 24.127, los Decretos Nros. 1513 del 19 de julio de 1993 y su modificatorio el 440 del 1º de junio de 2000 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 4 del 7 de agosto de 2002 y sus modificatorias, N° 45 del 12 de julio de 2004 y sus modificatorias y 20 del 17 de mayo de 2006, y la Resolución de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 264 del 10 de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.127 se instituyó el Premio Nacional a la Calidad en la Administración Pública.
Que la citada ley estableció que el premio tiene carácter simbólico y no económico.
Que por el Decreto Nº 1513 del 19 de julio de 1993, modificado por su similar Nº 440 del 1° de junio de 2000, se declaró de interés nacional el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD y estableció a la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como autoridad de aplicación.
Que por Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 4 del 7 de agosto de 2002 y sus modificatorias, se aprobaron las BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, y se estableció que podrán inscribirse todos los entes y organismos centralizados o descentralizados, pertenecientes a la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, cuyo financiamiento sea sostenido por el Estado en forma total o parcial.
Que en el primer párrafo del apartado II. 1. “Condiciones Generales” del Anexo I de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 45 del 12 de julio de 2004 y sus modificatorias, establece las condiciones en las que se otorgará a los organismos el Diploma de Reconocimiento a la Mejora.
Que el artículo 17 del Decreto N° 1513 del 19 de julio 1993 y su modificatorio, confiere a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la responsabilidad de intervenir como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.127 que instituye el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD y el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, establece que la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL asiste técnicamente a la Secretaría en lo referido al sector público.
Que en tal sentido, resulta oportuno convocar a inscripción al PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD y aprobar el cronograma del referido premio para la edición 2021.
Que, como consecuencia de las actividades y experiencias desarrolladas durante los procesos de evaluación de los últimos años se considera necesario modificar la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 4/02 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 45/04 y sus modificatorias, y aprobar el “MODELO DE CALIDAD ESTATAL” y el “SISTEMA DE PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEJORA DE LOS SERVICIOS A LA CIUDADANÍA mediante IF-2021-23367628-APN-DNMAC#JGM se expidió en el ámbito de su competencia.
Que mediante IF-2021-27716565-APN-DGAJ#JGM tomó intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE de MINISTROS.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1513/93 y su modificatorio N° 440/00 y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Capítulo I del Anexo I de la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 4 del 7 de agosto de 2002 y sus modificatorias, “BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” – “MODELO DE EVALUACIÓN DE UN SISTEMA DE CALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO”, por el que, como Anexo I “MODELO DE CALIDAD ESTATAL” IF-2021-23366254-APN-DNMAC#JGM, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese el Capítulo II, primer párrafo del apartado II.1 “Condiciones Generales” del Anexo I de la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 45 del 12 de julio de 2004, modificatoria de la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 4/02, “BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”, por el que, como Anexo II “SISTEMA DE PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS” IF-2021-23366650-APN-DNMAC#JGM, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Llámese a convocatoria de inscripción al PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, conforme a lo establecido en el Capítulo II “Categorías, Condiciones de Admisión y Derechos y Obligaciones de los Postulantes” de la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 4/02 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4°.- Fíjase como cronograma de la edición 2021 del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD el siguiente: Inscripción de organismos al PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD desde el día 12 de abril de 2021 al 30 de abril de 2021; Entrega de Informe Preliminar de los organismos inscriptos desde el 4 de mayo de 2021 al 20 de mayo de 2021¸ Entrega del Informe de calidad de los organismos desde el 14 de junio de 2021 al 28 de junio de 2021; Evaluación individual desde el 12 de julio de 2021 al 9 de agosto de 2021; Evaluación de consenso desde el 13 de agosto de 2021 al 30 de agosto de 2021; Visita a los organismos desde el 1º de septiembre de 2021 al 17 de septiembre de 2021; Junta de jueces desde el 1º de noviembre de 2021 al 5 de noviembre de 2021, Elección de ganadores desde el 8 de noviembre de 2021 al 30 de noviembre de 2021, Ceremonia de entrega de premios desde el 1º de diciembre al 30 de diciembre de 2021 e Informe de retroalimentación de los organismos ganadores desde el 16 de diciembre de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 5°.- Fíjase como sede de asesoramiento y comunicación de información adicional a la SECRETARÍA TÉCNICA, de lunes a viernes en el horario comprendido entre 10:00 y 17:00 horas, correo electrónico [email protected].
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/04/2021 N° 20066/21 v. 06/04/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)