IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
RG AFIP 18 - MODIFICACION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Nov-1998
Resumen:
SUPRIMESE UN IMPORTE MINIMO ESTABLECIDO EN EL ART. 11 DE LA RG AFIP NRO. 18.-
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 20 DE LA RESOLUCION GENERAL 2854 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 28/06/2010, PAGINA 12. VIGENCIA: VER ARTICULO 19 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.