IMPUESTOS INTERNOS
CIGARRILLOS Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS
Resumen:
IMPUESTOS INTERNOS —CIGARRILLOS— Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS. DETERMINACION E INGRESO DEL GRAVAMEN. FORMAS, PLAZOS Y CONDICIONES. RESOLUCION GENERAL Nº 4224 (DGI), SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. RESOLUCION GENERAL Nº 4123 (DGI), SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. SU SUSTITUCION. TEXTO ACTUALIZADO. DEJANSE SIN EFECTO, A PARTIR DE LA APLICACION DE LA PRESENTE, LAS RESOLUCIONES GENERALES Nº 4123 (DGI), Nº 4224 (DGI), Nº 19, Nº 52, Nº 766, Nº 872, Nº 1050, Nº 1070, Nº 1297 Y Nº 2323, ELLO SIN PERJUICIO DE SU APLICACION PARA LOS PERIODOS FISCALES EN LOS QUE ESTUVIERON EN VIGENCIA. NO OBSTANTE LO SEÑALADO, SE MANTENDRAN VIGENTES EL PROGRAMA APLICATIVO UNIFICADO DENOMINADO “IMPUESTO INTERNO Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS - VERSION 1.0”, LAS CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO QUE SE ESPECIFICAN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE Y EL FORMULARIO DE DECLARACION JURADA Nº 530/C, QUE SE GENERA MEDIANTE LA UTILIZACION DEL MISMO, APROBADOS OPORTUNAMENTE POR LA RESOLUCION GENERAL Nº 2323.