Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
CINEMATOGRAFIA
Resolución 1963/2009
Garantízase a las Películas Nacionales que estrenen durante el año 2009 una permanencia mínima de dos semanas en las salas cinematográficas. Modifícase el monto de gastos autorizado a la Gerencia de Fiscalización otorgado por la Resolución Nº 27/09.
Bs. As., 10/9/2009
VISTO la Resolución Nº 27/09/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución se garantizó, a las películas nacionales que se estrenen durante 2009, una permanencia mínima de DOS (2) semanas en las salas cinematográficas, aun en los casos en que no se alcancen las medias de continuidad.
Que el Artículo 2º de la citada Resolución autoriza a la Gerencia de Fiscalización a efectuar gastos hasta un máximo de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) por película a los efectos de desarrollar acciones tendientes a cumplimentar la permanencia mínima, delegándose, asimismo, la facultad de aprobar, mediante acto dispositivo, los pagos correspondientes.
Que habiendo transcurrido más de seis meses de la puesta en vigencia de este sistema de apoyo, y analizados los diferentes resultados que han obtenido las películas beneficiadas, la Gerencia de Fiscalización ha considerado oportuno incrementar el monto de la asignación a PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000-), a efectos de permitir la permanencia mínima de DOS (2) semanas de las películas estrenadas durante 2009, en salas cinematográficas de todo el país.
Que, además, es imprescindible dejar aclarado que la facturación total, incluyendo los impuestos que corresponda agregar, no podrán superar esa cifra.
Que asimismo, se ha considerado oportuno reducir el monto total asignado para la partida respectiva, en atención a los estrenos previstos hasta fin de año.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y el Decreto Nº 1536/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase el Artículo 2º de la Resolución Nº 27/09/INCAA, el que quedará redactado de la siguiente manera "Autorizar a la Gerencia de Fiscalización a otorgar un apoyo económico, con cargo de rendir cuenta documentada, hasta un monto máximo de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-), por película, a efectos de desarrollar acciones tendientes al cumplimiento de la garantía de exhibición prevista en el artículo 1º de la presente. El total de las facturas a presentar, incluyendo los impuestos que corresponda agregar, no podrá superar el monto establecido en el presente Artículo."
Art. 2º — Establécese que el monto de la factura que deberá presentar la empresa exhibidora, en los casos de acuerdos para garantizar la permanencia de las películas, será la diferencia del precio fijado como alquiler de la sala y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la recaudación neta, deducidos los impuestos más el IVA.
Art. 3º — Limítase a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) el monto anual fijado por el Artículo 3º de la Resolución Nº 27/09/INCAA.
Art. 4º — Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Liliana Mazure.