MERCOSUR
REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA IMPORTACION DEFINITIVA O PARA REPRODUCCION DE EQUIDOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Nov-2007
Resumen:
APROBAR LOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DEFINITIVA O PARA REPRODUCCION DE EQUIDOS DESDE TERCEROS PAISES, EN LOS TERMINOS DE LA PRESENTE RESOLUCION, ASI COMO EL MODELO DE CERTIFICADO QUE CONSTA COMO ANEXO Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.
Observaciones:
INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL POR ART. 2° DE LA RESOLUCION 574/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 10/12/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SUS ANEXOS, COMO ANEXO I DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA. ABROGADA POR EL ARTICULO 4° DE LA RESOLUCION 08/2018 DEL GRUPO DEL MERCADO COMUN, B.O. 29/01/2019, VERSION WEB.