MERCOSUR/GMC/RES N° 18/05
DIRECTRICES PARA METODOLOGIAS DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS EN SALUD
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 56/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La necesidad de establecer metodologías comunes para la evaluación de tecnologías en salud entre los Estados Partes.
La seguridad, eficacia y efectividad de las tecnologías relevantes en salud de manera de contribuir a la toma de decisiones en materia de salud.
Los resultados económicos que resultan imprescindibles para conocer los costos y en consecuencia las necesidades financieras del sistema.
Los impactos sanitarios, sociales, éticos, organizativos y económicos con el objetivo de compartir e intercambiar información entre los Estados Partes, evitando la duplicación de trabajos, a través de la armonización de metodologías de trabajo.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar las "Directrices para Metodologías de Evaluación de Tecnologías en Salud", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — La presente Resolución no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LVIII GMC – Asunción, 09/VI/05