Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 1577
Desafectación Zona de Control Aduanero en Zona Franca Córdoba.
Bs. As., 17/10/2003
VISTO, la Resolución General N° 270 y la presentación efectuada en el expediente AA17-03- 04602 por ZOFRACOR S.A. en su carácter de Concesionario de la Zona Franca de CORDOBA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la presentación citada en el VISTO se solicita desafectar una porción de terreno de la Zona de Control Aduanero de la Zona Franca CORDOBA, habilitada mediante Resolución General N° 1413, con la finalidad de optimizar el proceso logístico de ingreso y egreso de unidades de transporte a la zona colindante con la Zona Primaria Aduanera, permitiendo la realización de todo tipo de operaciones aduaneras.
Que mediante Resolución General N° 541 se habilitó el funcionamiento de la Zona Franca CORDOBA.
Que la desafectación que se propicia no afecta las operaciones ni el control que se viene realizando en la Zona Franca CORDOBA.
Que el COMITE DE VIGILANCIA de la Zona Franca CORDOBA, mediante Acta N° 19 de fecha 11 de julio del presente año, no opone reparos a que se desafecte de la Zona de Control Aduanero la porción de terreno solicitada.
Que la División Aduana CORDOBA ha verificado que la nueva superficie cumple con las condiciones necesarias para su redelimitación.
Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de CORDOBA, la Dirección Regional Aduanera CORDOBA y las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Que el presente Acto Administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modificar la Resolución General N° 1413 a los fines de desafectar la superficie de MIL NOVECIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS (1917 M2) del predio habilitado como Zona de Control Aduanero de la Zona Franca CORDOBA.
Art. 2° — Redefinir en función de la petición formulada por ZOFRACOR S.A. mediante expediente AA17-03-04602, la porción de terreno afectado oportunamente a la operatoria de la Zona Franca CORDOBA; la cual su nueva superficie será NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS (9193 M2), cuya disposición, excepto la porción que se solicita desafectar, se mantiene invariable según lo estatuido en el artículo 2° de la Resolución General N° 1413.
Art. 3° — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL GRUPO MERCADO COMUN —SECCION NACIONAL—, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA A.L.A.D.I. (MONTEVIDEO - R.O.U.), a la AUTORIDAD DE APLICACION y al COMITE DE VIGILANCIA. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.