SANIDAD ANIMAL
FRONTERAS DE RIESGO - DETERMINACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Sep-2000
Resumen:
DETERMINANSE COMO FRONTERAS DE RIESGO, LAS CORRESPONDIENTES A LOS LIMITES INTERNACIONALES CON LAS REPUBLICAS DE PARAGUAY, BOLIVIA Y FEDERATIVA DEL BRASIL. ADOPTANSE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CONTROL Y PREVENCION PARA EVITAR EL INGRESO DE ENFERMEDADES EXOTICAS O DE ALTO RIESGO.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2º DE LA RESOLUCION Nº 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34