Presidencia de la Nación

MIN. PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUB. Y SERVI


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución 1486/2008

Ratifícase el Acuerdo de Colaboración entre la Secretaría de Obras Públicas y el Archivo Nacional de la Memoria.

Bs. As., 18/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0087444/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y los Decretos Nros. 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y 1259 de fecha 16 de diciembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso mediante el Decreto Nº 1259 de fecha 16 de diciembre de 2003 la creación del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, asignándole entre sus múltiples objetivos la centralización de la información contenida en los distintos archivos públicos obrantes en el país.

Que el Decreto mencionado prevé, entre las atribuciones del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, celebrar convenios con las distintas áreas de la Administración Pública centralizada y descentralizada, tendiente a facilitar el cumplimiento de los fines y objetivos de ese decreto en sus respectivas jurisdicciones.

Que mediante el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando conformado por las Secretarías de Obras Públicas, Minería, Energía, Comunicaciones y Transporte.

Que en las mencionadas jurisdicciones se han detectado casos de personal que resultaron víctimas de desaparición forzada, principalmente durante la dictadura militar que usurpara los poderes del Estado entre los años 1976 y 1983.

Que por tal motivo, y conforme surge del Expediente citado en el Visto, se tramitó un proyecto de Acuerdo de Colaboración entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, el que fuera suscripto con fecha 22 de marzo de 2007.

Que el mencionado Acuerdo de Colaboración tiene por objeto el relevamiento de los casos del personal del ex MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS, que resultaron víctimas de desaparición forzada, principalmente durante la dictadura militar que usurpara los poderes del Estado entre los años 1976 y 1983, como asimismo toda otra actividad tendiente a la identificación, preservación y clasificación de informaciones, testimonios y documentos referidos al accionar del terrorismo de Estado en dicha repartición, el que fuera homologado oportunamente.

Que a los efectos de hacer operativa la tarea encomendada, y en virtud de lo convenido en la Cláusula Segunda del Acuerdo en cuestión, las partes han decidido la conformación de una Coordinación Mixta que asumirá las funciones de desarrollar los objetivos establecidos, propiciando las actividades propuestas y la convocatoria a una Comisión de Trabajo "Por la Reconstrucción de Nuestra Identidad", debiéndose designar a UN (1) representante por parte de la máxima autoridad de cada organismo.

Que en ese sentido, resulta conveniente delegar en el Titular de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la facultad de seleccionar al representante de este Ministerio en la Comisión Mixta, así como a los miembros que integrarán la Comisión de Trabajo "Por la Reconstrucción de Nuestra Identidad", asignándoles funciones y supervisando el desempeño de ambas.

Que además, para llevar adelante el relevamiento referido, se hace imperiosa la colaboración de todas las Secretarías, Subsecretarías, Organismos Descentralizados, Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado Nacional que dependan de este Ministerio.

Que en tal sentido, y de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Novena, corresponde ratificar el Acuerdo de Colaboración suscripto el día 22 de marzo de 2007 entre el Señor Secretario de Obras Públicas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Ingeniero José Francisco LOPEZ, y el Señor Presidente del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Doctor Luis Eduardo DUHALDE.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 19 Inciso a) de la Ley Nº 19.549, la Ley de Ministerios Nº 22.520 y el Artículo 12º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ratifícase el Acuerdo de Colaboración suscripto el día 22 de marzo de 2007 entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, que en copia autenticada forma parte integrante de la presente resolución como ANEXO.

Art. 2º — Delégase en el Titular de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la facultad de seleccionar al representante de este Ministerio en la Comisión Mixta, así como a los miembros que integraran la Comisión de Trabajo "Por la Reconstrucción de Nuestra Identidad".

Art. 3º — Instrúyase a las Secretarías, Subsecretarías, Organismos Descentralizados, Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado Nacional que funcionan en la órbita de este Ministerio, para que brinden la colaboración necesaria con el fin de lograr el objetivo acordado.

Art. 4º — Déjase establecido que las personas que serán seleccionadas por el Titular de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, no importarán erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.

ACUERDO DE COLABORACION

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los 22 días del mes de marzo de 2007, reunidos por una parte la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, representado por el Señor Secretario Ingeniero José Francisco LOPEZ, en adelante la "SECRETARIA", y por la otra el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA como organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en adelante el "ARCHIVO", representado por su Presidente Doctor Eduardo Luis DUHALDE, y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso mediante el Decreto 1259 de fecha 17 de diciembre de 2003 la creación del "ARCHIVO", asignándole entre sus objetivos la centralización de la información contenida en los distintos archivos públicos obrantes en el país.

Que entre los objetivos del "ARCHIVO" se estableció: "Desarrollar los métodos adecuados, incluida la duplicación y digitalización de los archivos y la creación de una base de datos, para analizar, clasificar, archivar informaciones, testimonios y documentos, de manera que puedan ser consultados por los titulares de un interés legítimo, dentro del Estado y la sociedad civil, en un todo conforme a la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes y reglamentos en vigencia".

Que entre las atribuciones del "ARCHIVO", el Decreto mencionado prevé celebrar convenios con las distintas áreas de la Administración Pública, centralizada y descentralizada "tendientes a facilitar el cumplimiento de los fines y objetivos de este decreto en sus respectivas jurisdicciones".

Que el relevamiento orientado a la búsqueda y recuperación de documentos dispersos en diversas esferas de la Administración Pública centralizada y descentralizada —tanto en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, como en los distintos Ministerios y agencias gubernamentales— que permitan esclarecer el funcionamiento de la represión ilegal y descubrir los mecanismos utilizados por el terrorismo de Estado para exterminar la resistencia y disciplinar la sociedad, es una herramienta fundamental de la democracia.

Que con fecha 20 de marzo de 2006 se promulgó la Ley Nº 26.085 mediante la cual se incorporó el día 24 de marzo, "DIA NACIONAL DE LA MEMORIA POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA" instituido por la Ley Nº 25.633, entre los feriados nacionales previstos por la Ley Nº 21.329 y sus modificatorias y dentro de las excepciones que establece el artículo 3º de la Ley Nº 23.555 y sus modificatorias.

Que la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS considera fundamental para el proceso de reconstrucción de la memoria colaborar en la lucha encarada contra la impunidad, para transmitir las lecciones y legados de la historia argentina contemporánea a las generaciones presentes y futuras.

Por ello,

Las partes entienden procedente celebrar el presente Acuerdo de Colaboración, dejando establecidos los compromisos recíprocos que cada una adquiere orientados al logro del objetivo trazado, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del presente Acuerdo lo constituye el relevamiento de los casos del personal del entonces MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS que fueron víctimas de desaparición forzada, principalmente durante la dictadura militar que usurpó los poderes del Estado entre los años 1976 y 1983, como asimismo toda otra actividad tendiente a la identificación, preservación y clasificación de informaciones, testimonios y documentos referidos al accionar del terrorismo de Estado en dicha repartición.

SEGUNDA: Las partes deciden la creación de una Coordinación Mixta que asumirá las funciones de desarrollar las actividades propuestas y la convocatoria a una Comisión de Trabajo "Por la Reconstrucción de Nuestra Identidad". Dicha Coordinación estará integrada por UN (1) representante de la "SECRETARIA" y UN (1) representante del "ARCHIVO", los que serán designados por la máxima autoridad de cada organismo y que mantendrán reuniones periódicas según el desarrollo de las actividades que se acuerden.

TERCERA: La "SECRETARIA" se compromete a efectuar las gestiones que fueran necesarias para conformar la Coordinación Mixta para la aplicación del presente Acuerdo y el "ARCHIVO" se compromete a colaborar en todos los aspectos que la "SECRETARIA" requiera de manera formal a tal efecto.

CUARTA: El "ARCHIVO" y la "SECRETARIA" observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, teniendo en cuenta que la finalidad del presente Acuerdo tiende a beneficiar el cometido de cada una de las partes, por lo que la labor a realizar deberá ser un ejemplo de buena voluntad y coordinación de esfuerzos.

QUINTA: La suscripción del presente Acuerdo no implica otro vínculo entre las partes que los derechos y obligaciones comprendidos en el presente. Las partes mantendrán su individualidad y autonomía en sus respectivas estructuras técnicas y administrativas. La suscripción del presente Acuerdo no implica erogación presupuestaria alguna a ninguna de las partes.

SEXTA: El presente Acuerdo tendrá una duración de CUATRO (4) años, a contar desde la fecha de su suscripción y se renovará automáticamente salvo que alguna de las partes comunique su voluntad en contrario.

SEPTIMA: Cualquiera de las partes podrá renunciar al presente Acuerdo mediante comunicación escrita dirigida a la otra parte con SEIS (6) meses de anticipación, sin que la renuncia afecte acciones pendientes o en curso de ejecución y sin que ello genere derecho a cualquiera de las partes a reclamar indemnización alguna a la otra.

OCTAVA: Para todos los efectos que pudieran corresponder las partes constituyen sus domicilios legales: la "SECRETARIA" en la calle Hipólito Yrigoyen 250 11º piso, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y el "ARCHIVO" en 25 de Mayo 544 2º piso, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. NOVENA: El presente Acuerdo se suscribe ad referéndum del Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Arquitecto Julio Miguel DE VIDO.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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