SANIDAD ANIMAL
TRASLADO DE ANIMALES (OVINOS)
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Sep-2000
Resumen:
DETERMINANSE LAS EXIGENCIAS PARA LOS MOVIMIENTOS DE ANIMALES DE LA ESPECIE OVINA EN LA ZONA COMPRENDIDA POR LAS PROVINCIAS DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA ARGENTINA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, SANTA CRUZ, CHUBUT, NEUQUEN Y UNA ZONA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO.
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION N° 182/2018 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA B.O. 31/05/2018 PAGINA 33. VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.