MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 14/2023
RESOL-2023-14-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2022-131953316- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 5 de fecha 6 de enero de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, la Disposición Nº 1 de fecha 28 de marzo de 2023 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. Nº 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC) se aprobó y declaró abierta la Tercera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-135101537-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-134985571-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-134977028-APN-DNPPC#MC) forman parte integrante de la citada norma.
Que, según lo estipulado en los apartados 5.1 y 5.2 del Reglamento Técnico de Bases y Condiciones (IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), la presente Convocatoria comprenderá dos llamados.
Que el primer llamado comenzó el día 11 de enero y finalizó el día 9 de febrero del presente año, y estuvo destinado a ferias del libro previstas entre el 1 de abril y el 31 de agosto de 2023.
Que en forma posterior se abrirá un segundo llamado, cuya convocatoria se extenderá por TREINTA (30) días corridos, y estará destinado para ferias que se desarrollen entre el 1 de septiembre de 2023 y el 29 de febrero de 2024.
Que por la Disposición D.N.P.P.C. Nº 1/23 (DI-2023-1-APN-DNPPC#MC) se designó la nómina de jurados que intervendrán en la selección del primer llamado de la Tercera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, conforme el detalle del ANEXO I - Jurado tercera edición del programa de apoyo a ferias del libro - Primer llamado (IF-2023-32406667-APN-DNPPC#MC) que integra la medida precitada.
Que, con fecha 28 de marzo del corriente año, se reunió el jurado del primer llamado y realizó la selección correspondiente, según detalle incorporado en el Acta de Evaluación de Proyectos que como ANEXO I (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC) integra la presente norma.
Que corresponde realizar el pago a los/as beneficiarios/as, atendiendo a las distintas formas jurídicas de los/as postulantes, a saber: entes públicos provinciales o municipales, personas jurídicas y personas humanas, conforme los datos e información obrante en el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios, y las facultades otorgadas por la Resolución M.C. Nº 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC).
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Nómina de Proyectos correspondiente a la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de acuerdo con el detalle consignado el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar y declarar abierto a partir del 2 de mayo de 2023 el SEGUNDO LLAMADO de la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL DEL PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS.
ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS ($31.350.500.00.-) a los fines de cubrir los gastos de los/as beneficiarios/as seleccionados/as y aprobados/as por el Artículo 1º, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado.
ARTÍCULO 4º.- Disponer el pago a favor de Facundo BASUALDO (DNI 32.425.404), por sus tareas como jurado de la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, designado mediante Disposición Nº 1/23 (DI-2023-1-APN-DNPPC#MC) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, por la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000).
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido archívese.
Maria Lucrecia Cardoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 14/2023
RESOL-2023-14-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2022-131953316- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 5 de fecha 6 de enero de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, la Disposición Nº 1 de fecha 28 de marzo de 2023 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. Nº 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC) se aprobó y declaró abierta la Tercera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-135101537-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-134985571-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-134977028-APN-DNPPC#MC) forman parte integrante de la citada norma.
Que, según lo estipulado en los apartados 5.1 y 5.2 del Reglamento Técnico de Bases y Condiciones (IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), la presente Convocatoria comprenderá dos llamados.
Que el primer llamado comenzó el día 11 de enero y finalizó el día 9 de febrero del presente año, y estuvo destinado a ferias del libro previstas entre el 1 de abril y el 31 de agosto de 2023.
Que en forma posterior se abrirá un segundo llamado, cuya convocatoria se extenderá por TREINTA (30) días corridos, y estará destinado para ferias que se desarrollen entre el 1 de septiembre de 2023 y el 29 de febrero de 2024.
Que por la Disposición D.N.P.P.C. Nº 1/23 (DI-2023-1-APN-DNPPC#MC) se designó la nómina de jurados que intervendrán en la selección del primer llamado de la Tercera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, conforme el detalle del ANEXO I - Jurado tercera edición del programa de apoyo a ferias del libro - Primer llamado (IF-2023-32406667-APN-DNPPC#MC) que integra la medida precitada.
Que, con fecha 28 de marzo del corriente año, se reunió el jurado del primer llamado y realizó la selección correspondiente, según detalle incorporado en el Acta de Evaluación de Proyectos que como ANEXO I (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC) integra la presente norma.
Que corresponde realizar el pago a los/as beneficiarios/as, atendiendo a las distintas formas jurídicas de los/as postulantes, a saber: entes públicos provinciales o municipales, personas jurídicas y personas humanas, conforme los datos e información obrante en el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios, y las facultades otorgadas por la Resolución M.C. Nº 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC).
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Nómina de Proyectos correspondiente a la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de acuerdo con el detalle consignado el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2023-38505206-APN-DNPPC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar y declarar abierto a partir del 2 de mayo de 2023 el SEGUNDO LLAMADO de la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL DEL PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS.
ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS ($31.350.500.00.-) a los fines de cubrir los gastos de los/as beneficiarios/as seleccionados/as y aprobados/as por el Artículo 1º, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado.
ARTÍCULO 4º.- Disponer el pago a favor de Facundo BASUALDO (DNI 32.425.404), por sus tareas como jurado de la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL - PRIMER LLAMADO del PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, designado mediante Disposición Nº 1/23 (DI-2023-1-APN-DNPPC#MC) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, por la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000).
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido archívese.
Maria Lucrecia Cardoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/04/2023 N° 26207/23 v. 19/04/2023
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)