Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACI


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 14/2019

RESOL-2019-14-APN-STIYC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2019

VISTO los expedientes EX-2019-60718192- -APN-STIYC#JGM y EX-2018-37397183-APN-DNRTIYC#MM, la Ley N° 27.078 de fecha 16 de diciembre de 2014 y sus modificatorias, el Decreto N° 1060 del 20 de diciembre de 2017 y las Resoluciones Nros 18 del 21 de agosto de 2018 y 3 del 25 de enero de 2019 de esta Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional tiene como objetivo mejorar la calidad de los servicios y las redes de telecomunicaciones en todo el territorio nacional, a cuyo fin es necesario impulsar medidas orientadas a maximizar la eficiencia en la utilización de los recursos destinados a la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que la Ley N° 27.078 establece, entre las competencias de la Autoridad de Aplicación, la de regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y los servicios digitales, y emitir los lineamientos de carácter general para el acceso y uso compartido de la infraestructura activa y pasiva.

Que existe un gran consenso a nivel internacional sobre la importancia de adoptar iniciativas tendientes a facilitar el despliegue de redes de telecomunicaciones, particularmente mediante el uso compartido de la infraestructura, en tanto facilitan el óptimo aprovechamiento de recursos, beneficiando a los usuarios.

Que en tal sentido, diversas autoridades regulatorias nacionales, organismos supranacionales e internacionales establecieron lineamientos y recomendaciones sobre las posibilidades que ofrece la compartición de infraestructura en pos de aumentar la disponibilidad y asequibilidad de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que la promoción de medidas destinadas a fomentar la utilización conjunta de las infraestructuras físicas existentes y el despliegue eficiente de nuevas redes de telecomunicaciones resulta primordial para facilitar el desarrollo de dichas redes a menores costos.

Que el artículo 6° del Decreto N° 1060 del 20 de diciembre de 2017 dispone que “el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN dictará un reglamento de compartición de infraestructura” comprensivo de normas complementarias a sus disposiciones.

Que en virtud de la determinación de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de dar participación pública a los interesados en los procesos regulatorios, mediante la Resolución Nº 18 del 21 de agosto de 2018, EX-2018-37397183-APN-DNRTIYC#MM, se declaró la apertura del procedimiento previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por Resolución SC Nº 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones, respecto del documento “Consulta Pública sobre Compartición de Infraestructura”.

Que durante el referido proceso de consulta se presentaron diversos aportes y recomendaciones, que fueron analizados por las respectivas áreas técnicas a los efectos de la elaboración de una propuesta de marco regulatorio sobre compartición de infraestructura pasiva, en cumplimiento de lo establecido por las normas reseñadas.

Que numerosos participantes en la consulta pública coincidieron en la importancia de promover políticas de compartición de infraestructura pasiva con el objetivo de reducir los costos asociados al despliegue de redes de telecomunicaciones, facilitar un desarrollo eficiente y sostenible de la infraestructura y promover la competencia en el sector.

Que conforme las respuestas recibidas y el alto grado de participación verificado, con la finalidad de dar continuidad al proceso y fortalecer la necesaria cooperación entre todos los sectores involucrados en la elaboración de políticas públicas, por Resolución Nº 3 del 25 de enero de 2019 se declaró la apertura de consulta pública respecto del proyecto de “Reglamento de Compartición de Infraestructura”.

Que en el referido proceso se verificó nuevamente una activa participación, en tanto distintos actores y sectores involucrados presentaron recomendaciones y observaciones sobre el proyecto sometido a consideración, compartiendo además su visión y experiencia en relación a los desafíos y dificultades implicadas.

Que dichas presentaciones fueron evaluadas y consideradas por los equipos técnicos de esta Secretaría mediante un análisis interdisciplinario, a fin de identificar las condiciones esenciales a contemplar en una propuesta de regulación eficaz, con el objetivo último de garantizar mayor disponibilidad de servicios para los usuarios.

Que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (“OCDE”) destaca, entre las buenas prácticas regulatorias, la necesidad de que los procesos sean de carácter abierto y participativo, que la información sea accesible, que las propuestas se publiquen previamente, que se otorguen plazos razonables para su discusión y que existan mecanismos transparentes de toma de decisiones.

Que en tal sentido, el análisis de impacto regulatorio es una herramienta fundamental de política pública basada en evidencia, que ofrece a quienes toman decisiones información detallada sobre los efectos esperados de medidas regulatorias, identificando beneficios y costos potenciales, considerando aspectos económicos, sociales y medioambientales, entre otros.

Que la adopción de esta herramienta refuerza la transparencia de los procesos regulatorios y su justificación, y tiene como objetivo apuntalar la legitimidad de las políticas e incrementar la confianza pública en las instituciones y los procesos de toma de decisiones.

Que en función de ello, los equipos técnicos de esta Secretaría elaboraron el documento “Compartición de Infraestructura Pasiva - Antecedentes, Análisis y Conclusiones a partir de la Finalización del Proceso de Consulta Pública”, con el objetivo de brindar una discusión ordenada sobre los aspectos esenciales relativos a una futura reglamentación sobre compartición de infraestructura pasiva.

Que tal documento, incorporado como Anexo a la presente resolución, incluye un estudio de los principios adoptados en el proyecto de reglamento publicado a consulta, los beneficios esperados de una eventual regulación, un relevamiento de antecedentes internacionales y literatura académica sobre la materia, y una síntesis de las principales observaciones recibidas en el marco de la consulta pública, con sus consiguientes comentarios y conclusiones.

Que en relación a los aportes y comentarios sobre el proyecto de reglamento de compartición de infraestructura presentados durante la consulta, en el marco del análisis desarrollado en el documento se consideraron sus implicaciones y potenciales efectos mediante respuestas técnicas orientadas a esclarecer las principales inquietudes planteadas por los participantes, exponiendo los criterios adoptados desde una perspectiva integral, contemplando aspectos jurídicos, económicos y de modelo regulatorio.

Que mediante la publicación del referido documento se busca fortalecer la transparencia y legitimidad del proceso regulatorio, garantizando una adecuada cooperación de todas las partes interesadas en la elaboración y realización de políticas públicas.

Que la experiencia recogida permite evaluar positivamente los resultados alcanzados con el procedimiento de consulta pública, toda vez que ello aporta equilibrio y claridad a las prácticas regulatorias, que se reflejan en la gran cantidad de aportes y sugerencias presentadas por las partes interesadas, y su constructiva consideración durante la etapa de análisis.

Que conforme lo establece el Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2018, compete a la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones asistir al Secretario de Gobierno de Modernización en la interpretación de las Leyes N° 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, así como en el diseño de políticas y regulaciones que permitan un mayor desarrollo e inclusión de las comunicaciones, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones, en el ámbito de su competencia.

Que mediante Decreto N° 894 del 1 de noviembre de 2017 se aprobó el texto ordenado del “Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto 1759/72 - T.O. 2017”.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018, modificado por Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dese por finalizado el procedimiento previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por Resolución SC Nº 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones, respecto de los documentos sometidos a consideración mediante las Resoluciones Nros 18/2018 y 3/2019 de esta Secretaría.

ARTICULO 2°.- Establécese que los interesados podrán acceder al documento “Compartición de Infraestructura Pasiva - Antecedentes, Análisis y Conclusiones a partir de la Finalización del Proceso de Consulta Pública” que como Anexo [IF-2019-62897801-APN-SSR#JGM] forma parte de la presente resolución, ingresando a la página web https://www.argentina.gob.ar/modernizacion/setic.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Maria Huici

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/07/2019 N° 50707/19 v. 16/07/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

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