Presidencia de la Nación

Resolución 14 / 2015

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO


BIENES DEL ESTADO

CODIGO DE INMUEBLE DEL ESTADO (CIE) - IMPLEMENTACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 20-Feb-2015
Resumen:

APRUEBASE LA IMPLEMENTACION DEL CODIGO DE INMUEBLE DEL ESTADO (CIE) COMO LA DENOMINACION OFICIAL UNIVOCA PARA REFERIRSE A UN INMUEBLE REGISTRADO EN EL REGISTRO NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO (RENABE), EL QUE SE CONFORMARA DE DIEZ (10) DIGITOS: LOS PRIMEROS DOS (2) DIGITOS CORRESPONDERAN A LA JURISDICCION PROVINCIAL DEL INMUEBLE SEGUN TABLA QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO I A LA PRESENTE, LOS SIETE (7) DIGITOS SIGUIENTES SE ASIGNARAN SECUENCIALMENTE Y UN (1) DIGITO FINAL QUE FUNCIONARA COMO NUMERO VERIFICADOR. EL CIE DEBERA SER UTILIZADO POR TODOS LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL EN TODA ACTUACION REFERIDA A UN INMUEBLE Y EN TODO ACTO DE GESTION INMOBILIARIA Y/O CONTRACTUAL.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 1º DE LA RESOLUCION 204-E/2017 DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, B.O. 27/07/2017, PAGINA 20.

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