TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO
CABOTAJE NACIONAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Mayo-1996
Resumen:
DELEGASE EN LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO EL OTORGAMIENTO DE EXCEPCIONES AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE CABOTAJE NACIONAL.