MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 1343/2015
Bs. As., 22/06/2015
VISTO el Expediente S04:0060526/2014 del registro de este Ministerio, los Decretos Nros. 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios, 1486 del 23 de septiembre de 2011 y sus modificatorios y 1986 del 29 de octubre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de este Ministerio.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del citado Decreto, mantienen su vigencia las unidades organizativas de segundo nivel operativo, aprobadas por el Decreto N° 1755/08 y sus modificatorios.
Que a fin de cumplir con la preservación de los Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado, tanto para facilitar las investigaciones judiciales como para preservar la memoria histórica de los espacios vinculados al terrorismo de Estado, se considera conveniente la creación de DOS (2) Coordinaciones, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA dependiente de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS de este Ministerio.
Que por el artículo 5° del Decreto N° 1986/14 se facultó al suscripto a incorporar DOS (2) cargos de conducción en el ámbito de esta cartera de Estado.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio y la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 17 del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, modificatorios y complementarios y del artículo 5° del Decreto N° 1986/14.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse en el ámbito de este Ministerio las Coordinaciones que se detallan en el “Listado” y “Acciones” que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
• COORDINACION DE LA RED FEDERAL DE SITIOS DE MEMORIA
• COORDINACION DE GESTION DE LOS ESPACIOS DE MEMORIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
COORDINACION DE LA RED FEDERAL DE SITIOS DE MEMORIA
ACCIONES
1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA en la identificación, señalización, registro y/o preservación de los sitios de memoria
2. Articular políticas de memoria y/o desarrollar proyectos conjuntos con las áreas estatales de Derechos Humanos provinciales y municipales, organismos de Derechos Humanos y otras organizaciones.
3. Asistir y acompañar el desarrollo de proyectos específicos en los sitios y espacios de memoria, en particular en aquellos en los que haya convenio de gestión compartida.
4. Monitorear el cumplimiento de la normativa nacional y local vigente relativos a la preservación y gestión de Espacios de Memoria, como así también la dependencia institucional de los mismos.
5. Desarrollar y promover proyectos de investigación y actividades pedagógicas y de promoción de derechos en los espacios de memoria.
6. Relevar y sistematizar las experiencias de gestión de espacios de memoria para su intercambio y difusión en el ámbito federal.
7. Elaborar materiales educativos y comunicacionales en distintos soportes para la difusión y el desarrollo de las políticas en los sitios y espacios de memoria.
8. Intervenir en proyectos de nuevos espacios de memoria.
9. Participar en la elaboración del informe anual con la memoria de las acciones realizadas y las proyecciones de trabajo para el siguiente año.
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
COORDINACION DE GESTION DE LOS ESPACIOS DE MEMORIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ACCIONES
1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA en la gestión de los espacios de memoria transferidos a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS de este Ministerio por Convenio celebrado entre el Estado Nacional y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ratificado por la Ley N° 26.935.
2. Supervisar las tareas de preservación, puesta en valor y administración de los espacios de memoria bajo su órbita y elaborar el plan anual para su gestión.
3. Desarrollar y promover proyectos de investigación y actividades pedagógicas y de promoción de derechos en dichos espacios.
4. Recopilar, organizar y preservar archivos documentales en cada espacio y garantizar su consulta pública.
5. Promover la visibilización de los espacios de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y su interacción con los espacios de memoria del País, como así también con las instituciones educativas y la comunidad en general de la Ciudad.
Resolución 1343/2015
Bs. As., 22/06/2015
VISTO el Expediente S04:0060526/2014 del registro de este Ministerio, los Decretos Nros. 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios, 1486 del 23 de septiembre de 2011 y sus modificatorios y 1986 del 29 de octubre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de este Ministerio.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del citado Decreto, mantienen su vigencia las unidades organizativas de segundo nivel operativo, aprobadas por el Decreto N° 1755/08 y sus modificatorios.
Que a fin de cumplir con la preservación de los Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado, tanto para facilitar las investigaciones judiciales como para preservar la memoria histórica de los espacios vinculados al terrorismo de Estado, se considera conveniente la creación de DOS (2) Coordinaciones, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA dependiente de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS de este Ministerio.
Que por el artículo 5° del Decreto N° 1986/14 se facultó al suscripto a incorporar DOS (2) cargos de conducción en el ámbito de esta cartera de Estado.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio y la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 17 del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, modificatorios y complementarios y del artículo 5° del Decreto N° 1986/14.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse en el ámbito de este Ministerio las Coordinaciones que se detallan en el “Listado” y “Acciones” que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
• COORDINACION DE LA RED FEDERAL DE SITIOS DE MEMORIA
• COORDINACION DE GESTION DE LOS ESPACIOS DE MEMORIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ANEXO II
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
COORDINACION DE LA RED FEDERAL DE SITIOS DE MEMORIA
ACCIONES
1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA en la identificación, señalización, registro y/o preservación de los sitios de memoria
2. Articular políticas de memoria y/o desarrollar proyectos conjuntos con las áreas estatales de Derechos Humanos provinciales y municipales, organismos de Derechos Humanos y otras organizaciones.
3. Asistir y acompañar el desarrollo de proyectos específicos en los sitios y espacios de memoria, en particular en aquellos en los que haya convenio de gestión compartida.
4. Monitorear el cumplimiento de la normativa nacional y local vigente relativos a la preservación y gestión de Espacios de Memoria, como así también la dependencia institucional de los mismos.
5. Desarrollar y promover proyectos de investigación y actividades pedagógicas y de promoción de derechos en los espacios de memoria.
6. Relevar y sistematizar las experiencias de gestión de espacios de memoria para su intercambio y difusión en el ámbito federal.
7. Elaborar materiales educativos y comunicacionales en distintos soportes para la difusión y el desarrollo de las políticas en los sitios y espacios de memoria.
8. Intervenir en proyectos de nuevos espacios de memoria.
9. Participar en la elaboración del informe anual con la memoria de las acciones realizadas y las proyecciones de trabajo para el siguiente año.
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA
COORDINACION DE GESTION DE LOS ESPACIOS DE MEMORIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ACCIONES
1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE SITIOS DE MEMORIA en la gestión de los espacios de memoria transferidos a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS de este Ministerio por Convenio celebrado entre el Estado Nacional y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ratificado por la Ley N° 26.935.
2. Supervisar las tareas de preservación, puesta en valor y administración de los espacios de memoria bajo su órbita y elaborar el plan anual para su gestión.
3. Desarrollar y promover proyectos de investigación y actividades pedagógicas y de promoción de derechos en dichos espacios.
4. Recopilar, organizar y preservar archivos documentales en cada espacio y garantizar su consulta pública.
5. Promover la visibilización de los espacios de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y su interacción con los espacios de memoria del País, como así también con las instituciones educativas y la comunidad en general de la Ciudad.
e. 29/06/2015 N° 113811/15 v. 29/06/2015