XCII GMC - Montevideo, 10/VII/13.
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 13/13
METODOLOGIA PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
DE COOPERACION TECNICA
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile y las Decisiones Nº 10/91, 12/04, 10/12 y 11/12 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 47/01 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Cooperación Internacional (GCI) es el único órgano competente para tratar toda la cooperación técnica del MERCOSUR.
Que la Decisión CMC Nº 11/12 aprobó las directrices de la política de cooperación internacional del MERCOSUR por las cuales se establecen orientaciones actualizadas para la negociación y la ejecución de acuerdos y proyectos de cooperación, traducidas en principios, objetivos y modalidades de la cooperación, así como procedimientos para la identificación de áreas prioritarias para el desarrollo de programas y proyectos de cooperación.
Que resulta necesario actualizar el mecanismo para la presentación de las iniciativas por parte de los organismos donantes y de los órganos del MERCOSUR demandantes de cooperación técnica.
Art. 1 - Aprobar la “Metodología para la Presentación de Proyectos de Cooperación Técnica”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los perfiles técnicos de proyectos de cooperación a que se refiere el Anexo deberán ser presentados con base a un documento de perfil de proyecto que deberá ser elaborado por el GCI.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Cooperación Internacional (GCI) es el único órgano competente para tratar toda la cooperación técnica del MERCOSUR.
Que la Decisión CMC Nº 11/12 aprobó las directrices de la política de cooperación internacional del MERCOSUR por las cuales se establecen orientaciones actualizadas para la negociación y la ejecución de acuerdos y proyectos de cooperación, traducidas en principios, objetivos y modalidades de la cooperación, así como procedimientos para la identificación de áreas prioritarias para el desarrollo de programas y proyectos de cooperación.
Que resulta necesario actualizar el mecanismo para la presentación de las iniciativas por parte de los organismos donantes y de los órganos del MERCOSUR demandantes de cooperación técnica.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la “Metodología para la Presentación de Proyectos de Cooperación Técnica”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los perfiles técnicos de proyectos de cooperación a que se refiere el Anexo deberán ser presentados con base a un documento de perfil de proyecto que deberá ser elaborado por el GCI.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.