SANIDAD ANIMAL
PORCINOS - CONTROL DE TRIQUINELOSIS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Feb-2003
Resumen:
DISPONESE QUE TODOS LOS LABORATORIOS DE ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS QUE LLEVEN A CABO CONTROLES DE TRIQUINELOSIS EN CARNES PORCINAS O EQUINAS, Y LOS QUE SE INCORPOREN A LA ACTIVIDAD, DEBERAN REGISTRARSE OBLIGATORIAMENTE EN LA RED DE LABORATORIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.