MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 1066/2019
RESOL-2019-1066-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2019
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2018-60479513-APN-SSCRYF#MSYDS del registro de este MINISTERIO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1092/17 se modificó el Decreto N° 375/97 y se incorporó el Aeropuerto “EL PALOMAR”, sito en Morón, provincia de BUENOS AIRES, al GRUPO “A” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que el fundamento de las presentes modificaciones radica en la adopción de medidas pertinentes para lograr una adecuada infraestructura para el transporte aéreo comercial, tanto interno como internacional y asegurar la vinculación a través de ese medio con los demás países del mundo y la intercomunicación de las distintas regiones de nuestro país entre sí.
Que con el fin de acompañar este proceso de innovación y modernización ejecutado en todos los aeropuertos del país, la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE FRONTERAS Y TERMINALES DE TRANSPORTE estima conveniente crear en el Aeropuerto “El Palomar” una Unidad Sanitaria Federal.
Que los servicios prestados por la DIRECCIÓN antes citada están comprendidos en el ejercicio del poder de policía sanitario, dando cumplimiento a Leyes, decretos y resoluciones vigentes.
Que según lo previsto en el REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL (RSI) aprobado por la ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en el año 2005, cada Estado Parte desarrollará, reforzará y mantendrá las capacidades básicas necesarias en los puntos de entrada —aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres designados—.
Que desde la entrada en vigor del RSI 2005 en el país se han venido desarrollando progresivamente tareas referidas a su implementación y monitoreo en los puntos de entrada de la República Argentina.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÖN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACION Y FISCALIZACIÓN han dado su conformidad en los actuados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta conforme las facultades conferidas por el Decreto N° 802/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase una Unidad Sanitaria con sede en el Aeropuerto “EL PALOMAR”, sito en Morón, provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese oportunamente por intermedio de la Dirección NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a los organismos encargados de la administración de puertos, aeropuertos y pasos internacionales. Adolfo Luis Rubinstein
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 1066/2019
RESOL-2019-1066-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2019
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2018-60479513-APN-SSCRYF#MSYDS del registro de este MINISTERIO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1092/17 se modificó el Decreto N° 375/97 y se incorporó el Aeropuerto “EL PALOMAR”, sito en Morón, provincia de BUENOS AIRES, al GRUPO “A” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que el fundamento de las presentes modificaciones radica en la adopción de medidas pertinentes para lograr una adecuada infraestructura para el transporte aéreo comercial, tanto interno como internacional y asegurar la vinculación a través de ese medio con los demás países del mundo y la intercomunicación de las distintas regiones de nuestro país entre sí.
Que con el fin de acompañar este proceso de innovación y modernización ejecutado en todos los aeropuertos del país, la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE FRONTERAS Y TERMINALES DE TRANSPORTE estima conveniente crear en el Aeropuerto “El Palomar” una Unidad Sanitaria Federal.
Que los servicios prestados por la DIRECCIÓN antes citada están comprendidos en el ejercicio del poder de policía sanitario, dando cumplimiento a Leyes, decretos y resoluciones vigentes.
Que según lo previsto en el REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL (RSI) aprobado por la ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en el año 2005, cada Estado Parte desarrollará, reforzará y mantendrá las capacidades básicas necesarias en los puntos de entrada —aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres designados—.
Que desde la entrada en vigor del RSI 2005 en el país se han venido desarrollando progresivamente tareas referidas a su implementación y monitoreo en los puntos de entrada de la República Argentina.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÖN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACION Y FISCALIZACIÓN han dado su conformidad en los actuados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta conforme las facultades conferidas por el Decreto N° 802/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase una Unidad Sanitaria con sede en el Aeropuerto “EL PALOMAR”, sito en Morón, provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese oportunamente por intermedio de la Dirección NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a los organismos encargados de la administración de puertos, aeropuertos y pasos internacionales. Adolfo Luis Rubinstein
e. 11/07/2019 N° 49013/19 v. 11/07/2019