MINISTERIO DE HACIENDA
LIMITE MAXIMO ANUAL PARA AFRONTAR LAS EROGACIONES - FIJASE
Resumen:
FIJAR EN LA SUMA DE SIETE MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 7.200.000.000) EL LIMITE MAXIMO ANUAL PARA AFRONTAR LAS EROGACIONES QUE DEMANDEN LAS SOLICITUDES INTERPUESTAS EN EL MARCO DEL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO ARTICULO SIN NUMERO INCORPORADO A CONTINUACION DEL ARTICULO 24 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLEZCA LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ENTIDAD AUTARQUICA ACTUANTE EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE HACIENDA, PARA LOS SALDOS ACUMULADOS QUE TENGAN COMO ORIGEN CREDITOS FISCALES CUYO DERECHO A COMPUTO SE HUBIERA GENERADO DURANTE EL 2018. EL REFERIDO LIMITE SE ASIGNARA DEL SIGUIENTE MODO: SECTOR TRANSPORTE: SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($ 6.000.000.000). SECTOR ENERGIA: MIL MILLONES DE PESOS ($ 1.000.000.000). OTROS SECTORES: DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 200.000.000).