Presidencia de la Nación

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 1/2016

Resolución General Nº 7/2015. Prórroga.

Bs. As., 21/01/2016

VISTO las Resoluciones Generales I.G.J. N° 7 del 28 de Julio de 2015 y 12 del 22 de Diciembre de 2015 y la Disposición N° 1 del 15 de Enero de 2016 de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 513 de la Resolución General I.G.J. N° 7 del 28 de Julio de 2015 establece que las personas humanas o jurídicas que actúen como fiduciarios, administradores y todo aquel que realice funciones propias del fiduciario, intermediarios, agentes de comercializadores y/o vendedores de valores fiduciarios, agentes de depósito, registro y/o pago de fideicomisos sujetos a inscripción ante esta Inspección General de Justicia, deberán presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Que dicho precepto agrega que la mencionada declaración jurada debe ser presentada antes del último día hábil del mes de enero de cada año.

Que mediante Resolución General I.G.J. N° 12 del 22 de Diciembre de 2015, modificada por Disposición N° 1 del 15 de Enero de 2016 de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION, y atento a que durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial durante el cual disminuye el flujo de trámites que se inician ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, se dispusieron limitaciones al funcionamiento habitual del Organismo.

Que por lo expuesto, y a fin de posibilitar el cumplimiento en tiempo y forma de presentación prevista en el segundo párrafo del artículo 513 de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015, corresponde prorrogar hasta el día 15 de Febrero de 2016 el plazo allí previsto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades dispuestas por el artículo 21 de la Ley 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1° — PRORRÓGASE hasta el 15 de Febrero de 2016 el plazo para presentar la Declaración Jurada prevista en el segundo párrafo del artículo 513 de la Resolución General I.G.J. N° 7 del 28 de Julio de 2015.

Art. 2° — Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Sergio Brodsky.
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