Presidencia de la Nación

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Nota Externa Nº 70/2006

Dictamen Nº 351 de la P.T.N. – Alcance Decreto Nº 2921/70.

Bs. As., 1/12/2006

VISTO la actuación SIGEA Nº 13333-133-2006; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Dictamen Nº 351 de fecha 24 de noviembre de 2006 el Procurador del Tesoro de la Nación estableció el criterio que las exenciones de gravámenes consagradas por el Decreto Nº 2921/ 70 continúan vigentes y les son de aplicación en la actualidad, tanto a las FUERZAS ARMADAS como a la GENDARMERIA NACIONAL y a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que la Resolución Conjunta Nº 663 (MD) y Nº 2092 (AFIP) del 6 de julio de 2006 determina el procedimiento al cual deben ajustarse las importaciones amparadas en los regímenes de excepción que autoriza a las FUERZAS ARMADAS a importar material bélico secreto sin el pago de derechos aduaneros y tributos nacionales.

En consecuencia de la opinión sustentada por la PREOCURACION DEL TESORO DE LA NACION, cabe dejar establecido que las importaciones que realicen la GENDARMERIA NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA quedan sujetas, previo a autorizar su libramiento, al régimen general en materia de verificación, para establecer la correspondencia del material declarado con el efectivamente ingresado.

REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

e. 5/12 Nº 532.255 v. 5/12/2006

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