MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Nota Externa Nº 3/99 (AFIP)
Recursos de la Seguridad Social. Decreto Nº 96/99. Resolución General Nº 432. Disminución de las contribuciones a cargo de los empleadores.
Bs. As., 12/4/99
Atento a las consultas formuladas respecto del beneficio de reducción de las contribuciones patronales instaurado por el Decreto Nº 96/99, cuyo procedimiento de liquidación fue reglamentado por la Resolución General Nº 432, corresponde efectuar las siguientes aclaraciones:
I. — La reducción se aplicará sobre el total de las remuneraciones abonadas por las empresas que desarrollan las actividades comprendidas por el Decreto Nº 96/99.
II. — Aquellas empresas dedicadas a la producción primaria y/o actividad industrial, que también ejerzan otras actividades, están en condiciones de aplicar la reducción de las contribuciones cuando cumplan, indistintamente, uno de los siguientes requisitos:
a) Que la mayor parte de sus ingresos brutos provenga de las actividades referidas a la producción primaria y/o a la industria.
b) Que la mayor parte de los empleados esté afectada —directa o indirectamente— a la producción primaria y/o industrial.
III. — La actividad de la construcción no se encuentra alcanzada por el beneficio de la disminución de las contribuciones dispuesto por el mencionado Decreto.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — CARLOS SILVANI, Administrador Federal.
e. 15/4 Nº 273.893 v. 15/4/99