ELIMINACION DEL TRAMITE DE FE DE VIDA A JUBILADOS Y PENSIONADOS Y TITULARES DE PENSIONES
DISPOSICIONES - MODIFICACION LEY 26.704
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Jul-2023
Resumen:
LOS BENEFICIARIOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) Y DEL SISTEMA DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS QUEDAN EXIMIDOS DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR LA DECLARACION DE SUPERVIVENCIA O FE DE VIDA, ASI COMO CUALQUIER TRAMITE COMPLEMENTARIO CON IGUAL FIN, QUEDANDO SIN EFECTO TODA DEMOSTRACION DE SUBSISTENCIA A CARGO DEL BENEFICIARIO COMO CONDICION PARA EL COBRO DE SUS HABERES Y DEMAS BENEFICIOS PREVISIONALES. MODIFICASE EL ARTICULO 2° DE LA LEY 26.704.