LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA
DISPOSICIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Mayo-2023
Resumen:
LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO RECONOCER A LA LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA (LSA) COMO UNA LENGUA NATURAL Y ORIGINARIA QUE CONFORMA UN LEGADO HISTORICO INMATERIAL COMO PARTE DE LA IDENTIDAD LINGÜÍSTICA Y LA HERENCIA CULTURAL DE LAS PERSONAS SORDAS EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACION ARGENTINA, Y QUE GARANTIZA SU PARTICIPACION E INCLUSION PLENA, COMO ASI TAMBIEN DE LAS PERSONAS QUE, POR CUALQUIER MOTIVO, ELIJAN COMUNICARSE EN DICHA LENGUA.