LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Ley 27576
Ley N° 26.061. Modificación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
Artículo 1º- Incorpórense como incisos t), u) y v) del artículo 44 de la ley 26.061, los siguientes:
t) Crear interfaces de tecnologías y plataformas digitales gratuitas y de fácil acceso destinadas a brindar información y asesoramiento en materia de violencia, maltrato, abuso y otras vulneraciones de derechos contra niñas, niños y adolescentes, y que promuevan su participación;
u) Establecer las directrices para la compilación y el tratamiento de la información producida por las interfaces de tecnología y por las líneas telefónicas de atención para niños, niñas y adolescentes dependientes de los distintos órganos administrativos de las diversas jurisdicciones;
v) Generar campañas de difusión masiva de las interfaces señaladas en el inciso t).
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
REGISTRADA BAJO EL N° 27576
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Juan Pedro Tunessi - Eduardo Cergnul
e. 26/11/2020 N° 59102/20 v. 26/11/2020