Ley 27423
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto 1077 / 2017
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 21-Dic-2017 |
Descripción
PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO N° 27423 - OBSERVACIONESOBSERVASE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 5°, DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423. OBSERVASE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 11, DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423. OBSERVANSE EN EL ARTICULO 19 DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423 DETERMINADAS TABLAS. Y OTRAS OBSERVACIONES.
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Normativa / Número
Decreto DNU 157 / 2018
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 27-Feb-2018 |
Descripción
DISPOSICIONES LEY 27423 - APLICACION Y MODIFICACIONESTABLECESE QUE EN LOS ASUNTOS REGULADOS EN EL LIBRO I DEL TITULO I DE LA LEY N° 27.260 Y SUS MODIFICATORIAS, NO RESULTARA DE APLICACION LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 5°, 10, 16 IN FINE, 51 Y 58 DE LA LEY N° 27.423. DEROGASE EL ARTICULO 36 DE LA LEY N° 27.423.
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Normativa / Número
Resolución 264 / 2020
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA |
Fecha publicación 28-Dic-2020 |
Descripción
PAGO DE LOS HONORARIOSEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION EN SU CARACTER DE ADMINISTRADOR DE LOS RECURSOS Y EJECUTOR DEL PRESUPUESTO QUE LA LEY ASIGNA AL PODER JUDICIAL DE LA NACION (ARTICULO 114° INCISO 3° CN), SOLAMENTE ASUME PROVISIONALMENTE, Y SIN DECLINAR EL DERECHO A SU RECUPERO ANTE EL ORGANISMO, PERSONAS HUMANAS O JURIDICAS QUE RESULTEN FINALMENTE OBLIGADAS AL PAGO, LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ARGENTINO A LOS FINES DEL PAGO DE LOS HONORARIOS. DEROGAR LAS RESOLUCIONES CM NOS 486/10, 339/16, 395/16 Y 146/18, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS.
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Normativa / Número
Disposición 106 / 2021
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 20-Jul-2021 |
Descripción
ARANCELESTABLECER EL ARANCEL PARA LA TRAMITACION Y CONTESTACION DE OFICIOS Y PEDIDOS DE INFORMES DIRIGIDOS A ESTA ADMINISTRACION FEDERAL Y/O A CUALQUIERA DE SUS DEPENDENCIAS, MEDIANTE LOS CUALES SE SOLICITEN DATOS O ANTECEDENTES QUE OBREN EN SUS ARCHIVOS, REGISTROS Y/O CUALQUIER OTRA FUENTE DOCUMENTAL, EN UN MONTO EQUIVALENTE AL SIETE CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (7,50%) DEL VALOR VIGENTE DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) DISPUESTA EN LA LEY N° 27.423 Y SUS MODIFICACIONES.
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Normativa / Número
Acordada 25 / 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION |
Fecha publicación 15-Sep-2022 |
Descripción
UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIAHACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE ($ 9.811) A PARTIR DEL 1 DE JULIO Y A LA SUMA DE PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS ($ 10.400) A PARTIR DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2022.
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Normativa / Número
Acordada 3 / 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION |
Fecha publicación 28-Feb-2023 |
Descripción
UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIAHACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 12.479) A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2022.
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Normativa / Número
Acordada 9 / 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION |
Fecha publicación 11-Abr-2023 |
Descripción
VALOR UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIAHACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 13.228) A PARTIR DEL 1 DE ENERO, DE PESOS CATORCE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 14.154) A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO Y DE PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 14.933) A PARTIR DEL 1 DE MARZO DEL 2023.
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Normativa / Número
Acordada 19 / 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION |
Fecha publicación 16-Jun-2023 |
Descripción
VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIAHACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 16.277) A PARTIR DEL 1 DE ABRIL, DE PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 17.741) A PARTIR DEL 1 DE MAYO Y DE PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 19.338) A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2023.
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Normativa / Número
Acordada 29 / 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION |
Fecha publicación 26-Sep-2023 |
Descripción
VALOR UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIAHACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 20.595) A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2023.
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