Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONVENIOS

Ley 27356

Aprobación.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, suscripto en la ciudad de Kumamoto —Japón— el 10 de octubre de 2013, que consta de treinta y cinco (35) artículos y cinco (5) anexos, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27356 —

EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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