PROTECCION DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES DEL ESTADO NACIONAL
DECLARASE DE INTERES PUBLICO
Resumen:
DECLARASE DE INTERES PUBLICO LA PROTECCION DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES DEL ESTADO NACIONAL QUE INTEGRAN LA CARTERA DE INVERSIONES DEL FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS), CREADO POR EL DECRETO 897 DEL 12 DE JULIO DE 2007 Y DE LAS PARTICIPACIONES ACCIONARIAS O DE CAPITAL DE EMPRESAS DONDE EL ESTADO NACIONAL SEA SOCIO MINORITARIO O DONDE EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS POSEA TENENCIAS ACCIONARIAS O DE CAPITAL, ENCONTRANDOSE PROHIBIDA SU TRANSFERENCIA Y/O CUALQUIER OTRO ACTO O ACCION QUE LIMITE, ALTERE, SUPRIMA O MODIFIQUE SU DESTINO, TITULARIDAD, DOMINIO O NATURALEZA, O SUS FRUTOS O EL DESTINO DE ESTOS ULTIMOS, SIN PREVIA AUTORIZACION EXPRESA DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 35 DE LA LEY Nº 27.260, B.O. 22/7/2016 - PAG. 1.