ADUANA
Ley 27173
Creación.
Sancionada: Agosto 26 de 2015
Promulgada de Hecho: Setiembre 21 de 2015
ARTÍCULO 1° — Créase una aduana con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2° — La Administración Federal de Ingresos Públicos establecerá la clase, naturaleza e importancia de las operaciones, regímenes y destinaciones que puedan cumplirse en la misma conforme a lo establecido en el Código Aduanero (ley 22.415 y sus modificaciones).
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley será atendido con créditos presupuestarios que asignen a la Dirección General de Aduanas.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
Ley 27173
Creación.
Sancionada: Agosto 26 de 2015
Promulgada de Hecho: Setiembre 21 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Créase una aduana con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2° — La Administración Federal de Ingresos Públicos establecerá la clase, naturaleza e importancia de las operaciones, regímenes y destinaciones que puedan cumplirse en la misma conforme a lo establecido en el Código Aduanero (ley 22.415 y sus modificaciones).
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley será atendido con créditos presupuestarios que asignen a la Dirección General de Aduanas.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27173 —
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.