Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONMEMORACIONES

Ley 27.100

Día Nacional del Humorista.

Sancionada: Diciembre 17 de 2014

Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 26 de noviembre de cada año como el Día Nacional del Humorista, en conmemoración del natalicio del humorista gráfico, Roberto “el Negro” Fontanarrosa.

ARTÍCULO 2° — Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias a fin de implementar actividades específicas referidas a la conmemoración del Día Nacional del Humorista y realizar la más alta difusión, a través de los mecanismos de comunicación oficial.

ARTÍCULO 3° — Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a disponer actividades en los distintos ámbitos de su competencia, con el mismo fin que el establecido en el artículo 2° de la presente ley.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.100 —

JULIAN A. DOMINGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
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