Presidencia de la Nación

Ley 27

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


JUSTICIA NACIONAL

JUSTICIA FEDERAL - SU ORGANIZACION

Fecha de sanción
Resumen:

LA JUSTICIA NACIONAL PROCEDERA SIEMPRE APLICANDO LA CONSTITUCION Y LAS LEYES NACIONALES, A LA DECISION DE LAS CAUSAN EN QUE VERSEN INTERESES, ACTOS O DERECHOS DE MINISTROS O AGENTES PUBLICOS, DE SIMPLES INDIVIDUOS DE PROVINCIA O DE LA NACION.

Observaciones:

LA NUMERACION DE LA PRESENTE LEY CORRESPONDE A LAS LEYES NUMEROS 1 A 10366 SANCIONADAS POR EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL EN LA ACTUAL CAPITAL FEDERAL DE BUENOS AIRES DURANTE LOS PERIODOS LEGISLATIVOS DE 1862 A 1917. LA PRESENTE NORMA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN EL REGISTRO NACIONAL TOMO IV 1857-1862, PAGINA 496.

Scroll hacia arriba