Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


ARMAS DE FUEGO

Ley 26.520

Prorrógase el plazo de vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.

Sancionada: Setiembre 23 de 2009

Promulgada de Hecho: Octubre 15 de 2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Prorrógase el plazo de vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por Ley 26.216, prorrogado por el decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008, por el término de UN (1) año a partir de la fecha de su vencimiento.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.520 —

EDUARDO A. FELLNER. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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