MEDICAMENTOS
CADENA DE FRIO DE LOS MEDICAMENTOS - REGULACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Mar-2009
Resumen:
REGULACION DE LA CADENA DE FRIO DE LOS MEDICAMENTOS. EN UN PLAZO DE DOS (2) AÑOS A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE LEY, TODOS LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO O VETERINARIO, CONTENIENDO PRINCIPIOS ACTIVOS TERMOLABILES, DEBERAN TENER INCORPORADO UN TESTIGO DE TEMPERATURA EN EL ENVASE INDIVIDUAL, DE CARACTER INDELEBLE, INALTERABLE E IRREVERSIBLE, QUE PERMITA VERIFICAR QUE DICHO PRODUCTO NO HA PERDIDO LA CADENA DE FRIO AL MOMENTO DE LLEGAR AL CONSUMIDOR.
Observaciones:
LEY PARCIALMENTE OBSERVADA POR EL DECRETO 248/2009, B.O. 30/03/2009, PAGINA 2.