MALLA ANTIGRANIZO
Ley 26.459
Prorrógase la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 25.174.
Sancionada: Diciembre 10 de 2008
Promulgada: Diciembre 15 de 2008
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Prorróguese la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley 25.174 y sus modificatorias, por el plazo de DIEZ (10) años a partir del vencimiento previsto en el Decreto 1552/2001.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.459 —
JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.