TURISMO
TURISMO ACCESIBLE Y P/ PERSONAS DISCAPACITADAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Sep-2002
Resumen:
TURISMO. DETERMINASE QUE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS TURISTICOS DEBERAN ADECUARSE A LOS CRITERIOS UNIVERSALES ESTABLECIDOS EN LA LEY NRO. 24.314 Y EL DECRETO REGLAMENTARIO NRO. 914/97. AGENCIAS DE VIAJES. OBLIGATORIEDAD DE INFORMACION.