JUSTICIA NACIONAL
TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
21-Jul-2000
Resumen:
DISPONESE QUE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL QUE ACTUALMENTE FUNCIONAN EN LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA, FORMOSA, JUJUY, LA RIOJA, NEUQUEN, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, LA PAMPA, SANTIAGO DEL ESTERO Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, Y EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTA FE, PASARAN A CONSTITUIRSE Y DENOMINARSE COMO CAMARA FEDERAL ADICIONANDOSELE EL NOMBRE DE LA JURISDICCION PROVINCIAL A LA QUE CORRESPONDA.
Observaciones:
ESTA NORMA ES ADEMAS COMPLEMENTARIA DE LA LEY N° 4055.