Presidencia de la Nación

Ley 25192

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


INDEMNIZACIONES

LEVANTAMIENTO CIVICO 9 Y 12/6/1956

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 30-Nov-1999
Resumen:

ESTABLECESE QUE LOS CAUSAHABIENTES DE LAS PERSONAS QUE FALLECIERON ENTRE EL 9 Y EL 12 DE JUNIO DE 1956, A CONSECUECNIA DE LA REPRESION DEL LEVANTAMIENTO CIVICO MILIATR DE ESAS JORNADAS, TENDRAN DERECHA A PERCIBIR UN BENEFICIO EXTRAORDINARIO, POR ÚNICA VEZ.-

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