Presidencia de la Nación

Ley 24623

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL

PLAZO DE DURACION - DELEGACION DE FACULTADES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 18-Ene-1996
Resumen:

EL PODER EJERCUTIVO PODRA EXTENDER A QUINCE (15) AÑOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE PUBLICACION DE LA PRESENTE LEY, EL PLAZO DE DURACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL CREADO POR EL DECRETO Nº 286/95.

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