PATENTES DE INVENCION Y MODELOS DE UTILIDAD
REGIMEN
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Sep-1995
Resumen:
LAS INVENCIONES EN TODOS LOS GENEROS Y RAMAS DE LA PRODUCCION CONFERIRAN A SUS AUTORES LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE ESPECIFICAN EN LA PRESENTE LEY. LA TITULARIDAD DEL INVENTO SE ACREDITARA CON EL OTORGAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TITULOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL: A) PATENTES DE INVENCION; Y B) CERTIFICADOS DE MODELO DE UTILIDAD.
Observaciones:
OBSERVADA PARCIALMENTE POR DECRETO NRO. 548/95. VEASE EL DECRETO N° 260/1996, TEXTO ORDENADO 1996 DE LA LEY DE PATENTES DE INVENCION Y MODELOS DE UTILIDAD Nº 24.481