Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


SEGURIDAD INTERIOR

Ley Nº 24.194

Modificación del artículo 34 de la Ley Nº 24.059.

Sancionada: Marzo 31 de 1993.

Promulgada: Abril 23 de 1993.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 34 de la Ley 24.059 (de Seguridad Interior) el que quedará redactado de la siguiente manera:

'La comisión estará integrada por ocho miembros de la Cámara de Senadores e igual número de miembros de la Cámara de Diputados designados por las Cámaras respectivas. Tendrá carácter permanente y dictará su propio reglamento interno'.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA Y UN DIAS DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.

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