INDEMNIZACIONES
BENEFICIOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Ene-1992
Resumen:
SE OTORGAN BENEFICIOS A LAS PERSONAS QUE HUBIERAN SIDO PUESTAS A DISPOSICION DEL P.E.N. DURANTE LA VIGENCIA DEL ESTADO DE SITIO O SIENDO CIVILES HUBIESEN SUFRIDO DETENCION EN VIRTUD DE ACTOS EMANADOS DE TRIBUNALES MILITARES. REQUISITOS. OBSERVADA LA SEGUNDA ORACION DEL PRIMER PARRAFO DEL ART. 7. PROMULGADA POR DEC. 2722 DEL 23-12-91.