Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Ley N° 23.621

Modifícase la planilla anexa al artículo 6° de la Ley N° 23.349.

Sancionada: Setiembre 28 de 1988

Promulgada: Octubre 21 de 1988

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° — Modifícase la planilla anexa al artículo 6°, acápite 23.07 'observaciones' de la ley de Impuesto al Valor Agregado N° 23.349, el que quedará redactado de la manera siguiente:

Los destinados a la alimentación de bovinos, ovinos, équidos, porcinos, caprinos, aves de corral y conejos únicamente.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — JUAN CARLOS PUGLIESE. — VICTOR H. MARTINEZ. — Carlos A. Bravo. — Antonio J. Macris.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
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