FUERZAS ARMADAS
DELIMITA ALCANCES DEL DEBER DE OBEDIENCIA DEBIDA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Jun-1987
Resumen:
DELIMITACION PREVISTA EN LOS ALCANCES DEL DEBER DE OBEDIENCIA DEBIDA, SE FIJAN LIMITES AL SISTEMA DE ENJUICIAMIENTO DISPUESTO POR EL ART. 10 DE LA LEY Nº 23.049.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2º DE LA LEY Nº 24.952 Y DECLARADA INSANABLEMENTE NULA POR ART. 1º DE LA LEY Nº 25.779