JUSTICIA
LEY Nº 23.371
Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la cuidad de Junín, provincia de Buenos Aires.
Créase el ministerio público ante el citado Juzgado.
Sancionada: Setiembre 16 de 1986.
Promulgada de Hecho: Setiembre 29 de 1986.
ARTICULO 1º.- Sustitúyese el art. 18 Ley 21.161 por el siguiente:
'Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Junín, provincia de Buenos Aires, con jurisdicción sobre los partidos de Chacabuco, Salto, Rojas, General Arenales, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, General Viamonte, Nueve de Julio, General Pinto, General Villegas, Carlos Tejedor, Carlos Casares, Pehuajó, Trenque Lauquen, Pellegrini, Rivadavia, Hipólito Yrigoyen y Salliqueló. Instalado el nuevo juzgado, le serán remitidas las respectivas causas pendientes que le correspondan según la jurisdicción territorial que se les asigna, previa vista a las partes, quienes podrán manifestar su oposición dentro de los cinco días'.
ARTICULO 2º.- Créase el ministerio público ante el Juzgado Federal de Junín.
ARTICULO 3º.- Créanse los cargos de magistrado, fiscal, defensor, funcionarios y empleados que se detallan en el anexo de la presente.
ARTICULO 4º.- La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata ejercerá la superintendencia y entenderá por vía de apelaciones en los autos que correspondan al Juzgado Federal de Junín.
ARTICULO 5º.- Establécese en 360 días el plazo para la instalación y funcionamiento del juzgado que se crea por la presente ley.
ARTICULO 6º.- Los sueldos y gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, hasta tanto se incluyan en la ley de presupuesto se atenderán de 'Rentas Generales' con imputación a la misma.
ARTICULO 7º.- Modifícase la jurisdicción del Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes, provincia de Buenos Aires, que abarcará a partir de la sanción de la presente, los partidos de Alberti, Bragado, Carmen de Areco, Chivilcoy, General Rodríguez, Luján, Mercedes, Navarro, Pilar, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco y Suipacha.
ARTICULO 8º.- Modifícase la jurisdicción del Juzgado Federal de Primera Instancia de San Nicolás, provincia de Buenos Aires, que abarcará a partir de la sanción de la presente, los partidos de Baradero, Bartolomé Mitre, Campana, Capitán Sarmiento, Colón, Exaltación de la Cruz, Pergamino, Ramallo, San Nicolás, San Pedro y Zárate.
ARTICULO 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los diez días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y seis.
- Registrada bajo el N° 23.371 -
LEY Nº 23.371
Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la cuidad de Junín, provincia de Buenos Aires.
Créase el ministerio público ante el citado Juzgado.
Sancionada: Setiembre 16 de 1986.
Promulgada de Hecho: Setiembre 29 de 1986.
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1º.- Sustitúyese el art. 18 Ley 21.161 por el siguiente:
'Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Junín, provincia de Buenos Aires, con jurisdicción sobre los partidos de Chacabuco, Salto, Rojas, General Arenales, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, General Viamonte, Nueve de Julio, General Pinto, General Villegas, Carlos Tejedor, Carlos Casares, Pehuajó, Trenque Lauquen, Pellegrini, Rivadavia, Hipólito Yrigoyen y Salliqueló. Instalado el nuevo juzgado, le serán remitidas las respectivas causas pendientes que le correspondan según la jurisdicción territorial que se les asigna, previa vista a las partes, quienes podrán manifestar su oposición dentro de los cinco días'.
ARTICULO 2º.- Créase el ministerio público ante el Juzgado Federal de Junín.
ARTICULO 3º.- Créanse los cargos de magistrado, fiscal, defensor, funcionarios y empleados que se detallan en el anexo de la presente.
ARTICULO 4º.- La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata ejercerá la superintendencia y entenderá por vía de apelaciones en los autos que correspondan al Juzgado Federal de Junín.
ARTICULO 5º.- Establécese en 360 días el plazo para la instalación y funcionamiento del juzgado que se crea por la presente ley.
ARTICULO 6º.- Los sueldos y gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, hasta tanto se incluyan en la ley de presupuesto se atenderán de 'Rentas Generales' con imputación a la misma.
ARTICULO 7º.- Modifícase la jurisdicción del Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes, provincia de Buenos Aires, que abarcará a partir de la sanción de la presente, los partidos de Alberti, Bragado, Carmen de Areco, Chivilcoy, General Rodríguez, Luján, Mercedes, Navarro, Pilar, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco y Suipacha.
ARTICULO 8º.- Modifícase la jurisdicción del Juzgado Federal de Primera Instancia de San Nicolás, provincia de Buenos Aires, que abarcará a partir de la sanción de la presente, los partidos de Baradero, Bartolomé Mitre, Campana, Capitán Sarmiento, Colón, Exaltación de la Cruz, Pergamino, Ramallo, San Nicolás, San Pedro y Zárate.
ARTICULO 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los diez días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y seis.
JUAN C. PUGLIESE | VICTOR H. MARTINEZ |
Carlos A. Bravo | Antonio J. Macris |
- Registrada bajo el N° 23.371 -
PUBLICADA DE HECHO EL 29/6/86
ANEXO
Magistratura | |
Juez de primera instancia | 1 |
Secretario de juzgado | 2 |
Personal Administrativo y Técnico | |
Prosecretario administrativo (Oficial de justicia) | 1 |
Prosecretario administrativo (Oficial 1º) | 2 |
Auxiliar superior (1 habilitado) | 3 |
Auxiliar superior de 3º (notificador) | 1 |
Auxiliar superior de 6º (archivo) | 4 |
Auxiliar principal de 5º | 4 |
Auxiliar principal de 6º | 2 |
Personal de Servicio | |
Auxiliar principal de 7º | 2 |
Fiscalía | |
Fiscal de primera instancia | 1 |
Prosecretario administrativo (oficial 1) | 1 |
Auxiliar superior de 6º | 2 |
Defensoría | |
Defensor oficial | 1 |
Prosecretario administrativo (oficial 2) | 1 |
Auxiliar superior de 6º | 2 |