Presidencia de la Nación

Ley 23312

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA Y ESTADISTICA CRIMINAL Y CARCELARIA

INFORMACION ENTRE GENDARMERIA Y PREFECTURA NAVAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 13-Mayo-1986
Resumen:

MODIFICASE EL INCISO C) DEL ART. 8° DE LA LEY 22.117, INCORPORANDO A LA PREFECTURA NAVAL Y A LA GENDARMERIA NACIONAL, ENTRE LOS ORGANISMOS QUE PODRAN SOLICITAR INFORMACION DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA Y ESTADISTICA CRIMINAL.

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