TRANSFERENCIAS
Determínase que el Poder Ejecutivo nacional transferirá la propiedad de sus acciones en la empresa Papel Misionero S.A. al Gobierno de la provincia de Misiones.
LEY N° 23105
Sancionada: Setiembre 28 de 1984.
Promulgada: Octubre 19 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – El Poder Ejecutivo Nacional transferirá al gobierno de la provincia de Misiones la propiedad de sus acciones en la empresa Papel Misionero S. A.
ARTICULO 2° – El Gobierno de la Provincia de Misiones pagará el importe respectivo en diez cuotas anuales, iguales, sin interés, la primera de las cuales vencerá a los cinco años de operada la transferencia. La actualización de las cuotas se hará con ajuste a las variaciones que experimente el índice de precios al por mayor para productos no agropecuarios de origen nacional que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos, tomándose como mes de referencia aquel en que se practique la transferencia de dichas acciones.
ARTICULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
J.C. PUGLIESE | V.H. MARTINEZ |
Carlos A. Bejar | Antonio J. Macris |
–Registrada bajo el N° 23.105-