Presidencia de la Nación

Ley 22552

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


CULTO

VICARIOS CAPITULARES O ADMINISTRADORES APOSTOLICOS - ASIGNACION MENSUAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 22-Mar-1982
Resumen:

EN LOS CASOS DE VACANCIAS DE LA TITULARIADAD PRODUCIDA EN LA ARQUIDIOSIS, PRELATURAS,EPARQUIAS Y EXARCADOS DEL CULTO CATOLICO Y HASTA SE DESIGNE NUEVO DIOSESANO, LOS VICARIOS CAPITULARES O LOS ADMINISTRADORES APOSTOLICOS CON JURISDICCION EN LAS MISMAS RECIBIRAN LA ASIGNACION MENSUAL A LA QUE SE REFIERE EL ARTICULO 1° DE LA LEY 21950.

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