Presidencia de la Nación

Ley 22536

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


GENDARMERIA NACIONAL

HABER DE PASIVIDAD Y BENEFICIOS JUBILATORIOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 25-Feb-1982
Resumen:

ESTABLECESE QUE LA PERCEPCION DE UN HABER DE PASIVIDAD EMERGENTE DE LA LEY N° 19.349 Y LOS BENEFICIOS JUBILATORIOS DETERMINADOS POR LA LEY 20.372 ASI COMO LOS PROVENIENTES DE REGIMENES PROVINCIALES Y MUNICIPALES ANÁLOGOS, NO SON ACUMULABLES.

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