Ley 21864
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 23659
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 11-Ene-1989 |
Descripción
APROBACIONSE APRUEBA EL PRESUPUESTO PARA 1988.
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Normativa / Número
Resolución 252 / 1989
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 24-Abr-1989 |
Descripción
APORTES Y DEUDAS PREVISIONALESFIJASE EN EL 2% MENSULA LA TASA DE INTERES COMPENSATORIO Y PUNITORIO A APLICAR DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ART. 8 DE LA LEY 21864, MODIFICADO POR EL ARTICULO 34 DE LA LEY 23659, RESPECTO DE LOS CREDITOS CUYOS VTOS. SE HUBIERAN PRODUCIDO CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA ULTIMA DE LAS LEYES CITADAS. DEROGADA POR RES. 62 Y 30/91 B.O: 19/2/91.
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Normativa / Número
Resolución 731 / 1990
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 29-Oct-1990 |
Descripción
DEUDAS PREVISIONALES - LIQUIDACION NOV. 1990APROBAR LOS COEFICIENTES DE ACTUALIZACION DE DEUDAS PREVISIONALES PARA LAS LIQUIDACIONES DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1990 PARA APLICAR A DEUDAS DEVENGADAS HASTA EL 15/1/89, QUE FIGURAN COMO ANEXO I DE LA PRESENTE RES.
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Normativa / Número
Resolución 732 / 1990
DIRECCION NACIONAL DE RECAUDACION PREVISIONAL |
Fecha publicación 29-Oct-1990 |
Descripción
COEFICIENTES DE ACTUALIZACION-DEUDA PREVISIONALAPROBAR LOS COEFICIENTES DE ACTUALIZACION DE DEUDAS PREVISIONALES PARA LAS LIQUIDACIONES DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1990 PARA APLICAR A DEUDAS DEVENGADAS A PARTIR DEL 15/1/89, QUE FIGURAN COMO ANEXO I DE LA PRESENTE RES.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 589 / 1991
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 10-Abr-1991 |
Descripción
LEY 23928 - REGLAMENTACIONSE REGLAMENTA LA LEY 23928 EN ORDEN A LOS CREDITOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DEMAS CONCEPTOS A LOS QUE SE REFIERE EL ART. 7 DE LA LEY 21864 MODIFICADA POR EL ART. 34 DE LA LEY 23659
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Normativa / Número
Resolución 10 / 1991
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 30-Abr-1991 |
Descripción
TASAS DE INTERESESSE ESTABLECEN LAS TASAS DE INTERESES PUNITORIOS Y RESARCITORIOS, A APLICAR A PARTIR DEL 2 DE ABRIL DE 1991.
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Normativa / Número
Resolución 461 / 1991
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 26-Jul-1991 |
Descripción
CALCULO DE INTERESES PUNITORIOSSE APRUEBAN LOS INDICES DIARIOS PARA EFECTUAR EL CALCULO DE INTERESES PUNITORIOS PARA LAS LIQUIDACIONES A EFECTUARSE AL MES DE AGOSTO DE 1991.- CAD.
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Normativa / Número
Decreto 159 / 1992
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 05-Feb-1992 |
Descripción
DEUDAS PREVISIONALES-CADUCEN FACILIDADES DE PAGO-SE DISPONE LA CADUCIDAD DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO Y MORATORIAS OTOR GADOS A LOS DEUDORES DEL SISTEMA NACIONAL DE PREVISION, QUE PARA LA CONSOLIDACION DE LA DEUDA ESTABLECIERA UNA FECHA ANTERIOR AL 1-4-91.
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Normativa / Número
Decreto 611 / 1992
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Abr-1992 |
Descripción
SEGURIDAD SOCIAL -ACTUALIZACION DE DEUDAS-ESTABLECESE UN SISTEMA UNICO DE ACTUALIZACION MONETARIA PARA DEUDAS COMPRENDIDAS EN EL ART. 7 DE LA LEY 21864 Y DEMAS APORTES Y CONTRIBUCIONES RECAUDADOS POR LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
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Normativa / Número
Decreto 933 / 1993
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 05-Mayo-1993 |
Descripción
SISTEMA UNICO DE SEGURIDAD SOCIAL-SISTEMA DE PAGOSSE ESTABLECE UN PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA EMPLEADORES Y AGENTES DE RETENCION POR CONVENIOS DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL.
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 79 / 1998
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 30-Ene-1998 |
Descripción
DETERMINACION DE DEUDAS E IMPUGNACIONESSUSTITUCION DE LAS RG DGI Nº 4032 Y 4296, RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE DETERMINACION DE DEUDAS E IMPUGNACION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.-
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Normativa / Número
Resolución 874 / 2005
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 09-Sep-2005 |
Descripción
TASA PASIVAFIJASE LA TASA PASIVA QUE PUBLICA EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMO TASA A APLICAR PARA EL RECUPERO DE LOS HABERES PREVISIONALES INDEBIDAMENTE PERCIBIDOS.
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